Del 5 al 26 de junio se abre la convocatoria de ayudas económicas extraordinarias del Ayuntamiento de Sitges para hacer frente a la crisis de la Covid-19

Del 5 al 26 de junio se abre la convocatoria de ayudas económicas extraordinarias del Ayuntamiento de Sitges para hacer frente a la crisis de la Covid-19

El plazo para presentar las solicitudes será del 5 al 26 de junio y servirá para financiar alquileres o hipotecas o suministros de los locales comerciales, para fomentar la consolidación de los trabajadores autónomos y para la contratación laboral de personas y para la mejora de la empleo.

Paralelamente, el consistorio también trabaja con otro paquete de ayudas para reactivar la economía y el comercio de proximidad una vez termine el confinamiento.

A partir de mañana y hasta el 26 de junio se abre la convocatoria para solicitar los tres ayudas económicas extraordinarias para el alquiler o hipoteca o suministros de los locales comerciales, para fomentar la consolidación de los trabajadores autónomos y para la contratación laboral. La concejalía de Promoción Económica del Ayuntamiento de Sitges impulsa estas medidas económicas por valor de 325.000 € con el objetivo de contribuir a hacer frente a la crisis del coronavirus y los efectos del estado de alarma decretado el 14 de marzo que han paralizado muchos sectores. Así se pretende conceder en el ámbito laboral ayudas dirigidas a profesionales autónomos, empresas y trabajadores para apoyar el tejido económico local y también para incentivar el mantenimiento y la contratación de puestos de trabajo.

Esta iniciativa complementan otras medidas que impulsan el Gobierno de la Generalitat y el estado para contribuir a dar facilidades a uno de los sectores más afectados por la crisis del coronavirus.

Para poder obtener estas ayudas deberá presentar la documentación requerida. El trámite para solicitar la ayuda se puede hacer a partir de este enlace: https://seu.sitges.cat/ .

Las bases reguladoras de las ayudas se pueden consultar en:

https://www.sitges.cat/serveis/promocio-economica/ajudes-extraordinaries-covid-19 .

TRES LÍNEAS DE AYUDAS

  1. AYUDAS AL ALQUILER O HIPOTECA Y SUMINISTROS DEL LOCAL COMERCIAL

Destinados a locales comerciales que han tenido que cerrar su apertura al público durante el estado de alarma. Los servicios no esenciales. Son ayudas para cubrir los gastos de alquiler, hipoteca y suministros (luz, agua, gas) y telefonía / internet generadas entre el 15 de marzo al 31 de mayo.

El importe de las ayudas serán :

  • Entre el 30% y el 40% del importe mensual del alquiler o hipoteca.
  • Entre el 15% y el 40% del importe mensual de los suministros y servicios de telefonía / internet.

Importes máximos en función de la demanda:

Entre 500 € y 3.000 €

requisitos:

  • Autónomos y empresas con sede fiscal en Sitges que realicen su actividad en establecimientos comerciales del municipio detallados en el anexo 1 de la convocatoria.
  • Deben disponer de todos los permisos relativos al ejercicio de la actividad.
  • No haber cesado la actividad económica ni en el momento de la solicitud ni de la justificación de esta ayuda.
  • Estar al corriente de pago de impuestos y tributos.

Plazo de solicitud: del 5 al 26 de junio

Tramitación: A través del portal de trámites https://carpeta.sitges.cat/General/DetallTrait.aspx?idioma=ca-es&IdTramit=585

Pago:  Se hará en un único pago una vez verificada la documentación justificativa.

Bases reguladoras: https://www.sitges.cat/serveis/promocio-economica/ajudes-extraordinaries-covid-19

Más información:  serveisempresa@sitges.cat

  1. AYUDA PARA AUTÓNOMOS

Estas ayudas están destintados los autónomos con más de 12 meses y un máximo de 60 meses consecutivos de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a 1 de julio de 2020 para cubrir los costes de las cuotas de Seguridad Social de actividades no esenciales durante el estado de alarma.

Importes de las ayudas:

Entre 500 € y 2.000 €, en función del tiempo de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

 requisitos:

  • Personas trabajadoras dadas de alta en el RETA en el momento de hacer la solicitud y la justificación de la ayuda.
  • Es necesario haber iniciado la actividad entre 2015 y 2019 (entre 12 meses a un máximo de 60 meses a fecha del 1 de julio de 2020, sin tener en cuenta el período de estado de alarma si interrumpió la actividad.
  • No superar los 5 años consecutivos de alta en el RETA
  • Haber ejercido la actividad durante 12 meses consecutivos antes del 1 de julio de 2020 (no se considerará interrupción el período comprendido en el estado de alarma motivada por Covidien 19 siempre y cuando se haya vuelto a retomar esta actividad al dar -se por finalizada esta situación excepcional)
  • Desarrollar una actividad económica en Sitges y tener todos los permisos exigibles relativos a la actividad
  • Estar al corriente de pago de impuestos y tributos.

Plazo de solicitud: del 5 al 26 de junio

Tramitación: A través del portal de trámites https://carpeta.sitges.cat/General/DetallTramit.aspx?idioma=ca-es&IdTramit=559 se pueden tramitar las solicitudes

Pago: Anticipo del 85% una vez verificados los datos de la solicitud y un 15% una vez se justifiquen los gastos.

Bases reguladoras: https://www.sitges.cat/serveis/promocio-economica/ajudes-extraordinaries-covid-19

Más información: serveisempresa@sitges.cat

  1. AYUDA PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL Y LA MEJORA DEL EMPLEO

Destinados a dar apoyo económico a empresas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro (sociales, culturales, asistenciales o deportivas) a partir de dos líneas de trabajo: 

  • 1ª línea para contratos preCovid-19 (contratos realizados desde el 1 de enero de 2020 y que han mantenido sus trabajadores contratados durante la pandemia y que no han hecho ningún Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).
  • 2ª línea para los contratos nuevos postCovid-19 (que se inicien después de la finalización del estado de alarma o desde la finalización de un ERTE hayan generado una nueva contratación hasta el 14 de septiembre de 2020

 Importes en función del tipo de contrato

  • Contratos indefinidos: ayudas hasta un máximo de 3.600 €.
  • Contratos superiores a 6 meses: ayudas hasta un máximo de 2.400 €
  • Contratos igual o superior a 3 meses: ayudas hasta un máximo de 1.200 €.

Se pueden solicitar ayudas para más de una contratación pero el importe total a percibir no podrá ser superior a 5.500 €.

requisitos

generales:

  • Realizar una actividad declarada NO esencial durante la vigencia del estado de alarma.
  • Tener la sede fiscal o el centro de trabajo en Sitges.
  • Disponer de todos los permisos para ejercer la actividad.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias.
  • No haber sido sancionado con pérdida de posibilidad de obtener subvenciones.
  • Cumplir con todos los requisitos en materia de integración de personas con discapacidad, de igualdad, de prevención de acoso y de prevención de riesgos laborales.
  • Quedan excluidas las contrataciones a familiares hasta segundo grado y los contratos de alta dirección.
  • Quedan excluidas las empresas de trabajo temporal.

Requisitos específicos para las ayudas para el mantenimiento de los puestos de trabajo:

  • No haber aplicado un ERTE.
  • Contratos a partir de 01/01/2020 vigentes a la fecha de solicitud.
  • Duración del contrato superior a 6 meses y al menos de media jornada.
  • Centro de trabajo ubicado en el municipio.

Requisitos específicos para los ajustes por nuevas contrataciones:

  • Contratos realizados a partir de la finalización del estado de alarma y / o en la finalización del Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y hasta el 14 de septiembre de 2020.
  • Contratos con una duración igual o superior a tres meses y como mínimo de media jornada.
  • Para contrataciones en los centros de trabajo ubicados en Sitges.

Plazo de solicitud

  • 1ª línea para ayudas al mantenimiento de los puestos de trabajo (Contratos Vigentes)

Desde el 5 al 26 de junio.

  • 2ª línea para ayudas a nueva contratación (Nuevos Contratos): hasta el 14 de septiembre de 2020.

Tramitación: A través del portal de trámites https://carpeta.sitges.cat/General/DetallTramit.aspx?idioma=ca-es&IdTramit=558

se pueden tramitar las solicitudes

Pago: anticipo del 85% y 15% una vez presentada la justificación

Bases reguladoras : https://www.sitges.cat/serveis/promocio-economica/ajudes-extraordinaries-covid-19

Más información: nivell10@sitges.cat

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