El Ayuntamiento apoya la tarea de seguimiento de personas bajo tutela que lleva a cabo la Entidad Tutelar del Garraf

El Ayuntamiento apoya la tarea de seguimiento de personas bajo tutela que lleva a cabo la Entidad Tutelar del Garraf
El Ayuntamiento de Sitges y la Entidad Tutelar del Garraf han firmado un convenio según el cual el Consistorio aportará 6.000 euros este 2019 en la fundación privada, para apoyar el seguimiento de personas en régimen de curatela que lleva a cabo esta entidad. La Entidad Tutelar del Garraf trabaja para mejorar la calidad de vida y la inclusión social de este colectivo, al tiempo asesora a familias y profesionales.
El alcalde de Sitges y presidente de honor de la fundación Entidad Tutelar del Garraf, Miquel Forns, y la directora y la coordinadora de la mencionada entidad, Mayte López Folch y Verónica Mendoza, se han reunido este viernes, una vez firmado el nuevo convenio entre el Ayuntamiento y la fundación. El objeto de este acuerdo, según el cual el Consistorio aportará 6.000 euros este 2019, es otorgar una subvención a la Entidad Tutelar del Garraf para desarrollar el proyecto de seguimiento individualizado de las personas bajo curatela para mejorar la calidad de vida y la inclusión social de este colectivo en la comunidad, así como el asesoramiento a todas las familias y profesionales que lo soliciten. Con esta ayuda, el Ayuntamiento aporta la parte que la Generalitat no cubre a la Entidad Tutelar del Garraf, centrada en la actividad de la fundación.

El alcalde, Miquel Forns, ha destacado la importancia «de firmar este convenio para hacer nuestra aportación para acompañar a las personas en su ciclo vital».
La directora de la Entidad Tutelar del Garraf, Mayte López Folch, explicó que con este convenio «se facilita que podamos hacer acciones y servicios que las personas necesitan».
Sobre la Entidad Tutelar del Garraf
La Entidad Tutelar del Garraf es una fundación privada sin ánimo de lucro que tiene por objeto la protección de las personas incapacitadas por medio del ejercicio de la tutela, la curatela, la administración patrimonial, la guarda de hecho o la defensa jurídica de las personas incapacitadas por sentencia judicial que, debido a sus circunstancias especiales, no pueden valerse.

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