El Ayuntamiento aprueba dos nuevas ayudas económicas para paliar los efectos de la Covid-19

El Ayuntamiento aprueba dos nuevas ayudas económicas para paliar los efectos de la Covid-19

Los dos ayudas se destinan a pequeñas empresas y autónomos, y en establecimientos o empresas que acrediten gastos en higiene y prevención sanitaria, con una dotación de 100.000 cada uno.

El Ayuntamiento de Sitges impulsa dos nuevas ayudas económicas, por valor de 200.000 euros, destinadas a la reactivación de los autónomos y las pequeñas empresas de más de 5 años, ya cubrir los gastos de los establecimientos o empresas para la instalación de medidas higiénicas y de seguridad derivadas de la Covid-19 con el objetivo de devolver a la actividad comercial. El concejal de Promoción Económica, Guillerm Escolà, ha reafirmado «el compromiso municipal para estar al lado de todas las empresas y autónomos para ayudar a superar la crisis de la Covidien-19. Por ello, hemos intentado sacar diferentes ayudas adaptados en función de gastos extras realizadas o estructurales (material sanitario o alquileres y suministros) o de la antigüedad del negocio / profesión para que las problemáticas son diferentes y los gastos que tienen «.
Con los dos nuevas ayudas, ya son seis los impulsados ​​por la administración pública. «Continuamos haciendo un gran esfuerzo, y estos dos últimos ayudas son para apoyar a todas las empresas y establecimientos comerciales que han adaptado sus negocios o actividades en las medidas higiénicas y sanitarias de obligatorio cumplimiento por la actual situación de pandemia», ha insistido Guillem Escolà
La sesión plenaria, celebrada el viernes pasado aprobó las dos partidas que impulsa la concejalía de Promoción Económica, y que se suman a otros cuatro ayudas económicas para el alquiler, hipoteca o suministros de los locales comerciales; para fomentar la consolidación de los trabajadores autónomos; para la contratación laboral, y también, para la creación de empresas.
Para obtener las nuevas ayudas, deberá presentar la documentación requerida. Las bases se pueden consultar en la página web municipal www.sitges.cat.

AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS A LA REACTIVACIÓN DE AUTÓNOMOS Y PEQUEÑAS EMPRESAS DE MÁS DE 5 AÑOS

Las ayudas van destinadas a cubrir los gastos necesarios para la reactivación de la actividad empresarial y profesional de autónomos y pequeñas empresas de actividades declaradas como no esenciales para el estado de alarma y que tengan una antigüedad superior a cinco años a 1 de julio de 2020.

Se entenderá como reactivación empresarial la adopción de medidas como las que se relacionan a continuación, entre otros:

  • inversión en tecnología como soporte de la actividad empresarial,
  • desarrollo de aplicaciones de venta online,
  • obtención de certificaciones sanitarias,
  • asesoramiento y consultoría para la adhesión y / o la obtención de la Certificación Biosphere de turismo sostenible,
  • obtención de otras certificaciones que avalen la calidad de los productos y / o servicios,
  • implementación de sistemas de eficiencia energética,
  • adopción de medidas que faciliten la integración del teletrabajo de manera estable en la empresa,
  • incorporación de nuevas líneas complementarias de negocio,
  • registro de nuevas patentes en relación a las nuevas líneas de actuación,
  • etc.

Importe de las ayudas: El importe máximo de subvención es de 2.500 €.
Concurrencia competitiva hasta agotar el presupuesto de 100.000 €.
Las ayudas se otorgarán por orden de puntuación según los criterios recogidos en las bases.

requisitos:

  • Tener el domicilio fiscal y desarrollar una actividad económica en Sitges.
  • Tener todos los permisos exigibles relativos a la actividad.
  • Realizar una actividad declarada no esencial durante el estado de alarma.
  • Llevar más de cinco años consecutivos de actividad a 1 de julio de 2020, tanto las empresas como los autónomos. (No se considerará interrupción el período comprendido en el estado de alarma motivada por Covidien 19 siempre y cuando se haya vuelto a retomar la actividad al darse por finalizada esta situación excepcional)
  • Estar dado de alta en el momento de hacer la solicitud y la justificación de la ayuda.
  • Estar al corriente de pago de impuestos y tasas.
  • Presentar una memoria detallada y / o un plan de reactivación empresarial, con el plan económico-financiero detallado, y motivar la necesidad de la ayuda solicitada.

Tramitación: A través del portal de trámites, https://carpeta.sitges.cat.

Plazo de solicitud: desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria en los medios oficiales y hasta 15 días hábiles a contar desde esta fecha.

Pago: Anticipo del 75% una vez verificados los datos de la solicitud y un 25% una vez se justifiquen los gastos.

Más información: serveisempresa@sitges.cat

AYUDAS CUBRIR LOS GASTOS DE INSTA INSTALACIÓN DEMESURES HIGIÉNICAS Y DE SEGURIDAD PARA EL RETORNO A LA ACTIVIDAD COMERCIAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS

Únicamente se tomarán en consideración para la concesión de la ayuda la compra de material fungible y las inversiones para la instalación de medidas higiénicas y de seguridad relacionadas con la gestión y prevención de la pandemia Covidien-19.

Hay dos líneas diferenciadas de Ayudas:

  • Línea 1: financiación de los gastos de material fungible: desinfectantes y limpiadores, utensilios desechables, uniformes y ropa de trabajo.
  • Línea 2: financiación de los gastos de inversión: mobiliario y / o equipamiento, mecanismos y / o automatismos, dispositivos electrónicos, gastos de instalación.

Serán gastos financiables todas aquellas que se hayan producido desde la declaración del estado de alarma hasta la fecha de finalización del periodo de presentación de solicitudes.

Únicamente podrán solicitar la ayuda las personas físicas o jurídicas que sean titulares de empresas o establecimientos con actividad comercial y su fiscal en el municipio de Sitges.

Quedan fuera de esta convocatoria aquellas personas físicas o jurídicas que desarrollan la actividad en su domicilio habitual.

presupuesto:

  • Línea 1: 35.000 €
  • Línea 2: 65.000 €
    Otorgamiento por concurrencia no competitiva.
    En el supuesto de que el importe total de las ayudas a reconocer sea superior al crédito máximo establecido se procederá al prorrateo entre los beneficiarios de la ayuda.

Importe de las ayudas:
El importe financiable será el 100% del coste de compra del material fungible y de inversión sin el IVA.

El importe máximo de la ayuda económica extraordinario irá en función del número de beneficiarios / as con derecho a la ayuda, quedando establecido entre 500 € y 3.000 €.

requisitos:

  • Personas físicas o jurídicas que sean titulares de empresas o establecimientos comerciales con sede fiscal en el municipio de Sitges.
  • Desarrollar su actividad económica en el municipio de Sitges.
  • Tener todos los permisos exigibles relativos a la actividad.
  • Estar dado de alta en el momento de hacer la solicitud y la justificación de la ayuda.
  • Estar al corriente de pago de impuestos y tasas.

Tramitación: A través del portal de trámites, https://carpeta.sitges.cat.

Plazo de solicitud: desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria en los medios oficiales y hasta 15 días hábiles a contar desde esta fecha.

pago:

  • En un solo pago si en el momento de la solicitud se presentan las facturas y los recibos de pago.
  • En dos pagos, si en el momento de la solicitud sólo se presenta el presupuesto o factura. Adelanto del 80% una vez verificados los datos de la solicitud y un 20% una vez se justifiquen los gastos.

Más información: serveisempresa@sitges.cat

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