El Ayuntamiento de Sitges abre mañana 8 de julio la convocatoria para solicitar una nueva ayuda destinado al fomento de la emprendeduría y el autoempleo

El Ayuntamiento de Sitges abre mañana 8 de julio la convocatoria para solicitar una nueva ayuda destinado al fomento de la emprendeduría y el autoempleo

• Del 8 al 28 de julio se abre el plazo para solicitar la 1ª línea de ayudas destinada a los autónomos de menos de un año con empresas creadas con posterioridad al 1 de julio de 2019.

• Del 8 de julio al 15 de octubre se puede pedir la 2ª línea dirigida a aquellos profesionales que ahora pongan en marcha un nuevo negocio y que estén dados de alta en el RETA entre el 1 de julio y el 15 de octubre de 2020.

La concejalía de Promoción Económica del Ayuntamiento de Sitges abre mañana miércoles la convocatoria de una ayuda con dos líneas destinadas a cubrir los gastos iniciales necesarias para la puesta en marcha del negocio. Del 8 al 28 de julio comenzará el plazo para presentar las solicitudes a la primera línea de ayudas dirigida a empresas creadas con posterioridad al 1 de julio de 2019. Y del 8 de julio al 15 de octubre se podrá pedir la segunda línea relacionada con empresas de nueva creación de autónomos dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores autónomos (RETA) entre el 1 de julio y el 15 de octubre de 2020.
El concejal de Promoción Económica, Guillerm Escolà, asegura que «esta ayuda va orientado a los profesionales y nuevos empresarios que habían comenzado a rodar un negocio en el último año o bien aquellos emprendedores que -ante las dificultades actuales de encontrar trabajo, han decidido poner en marcha un negocio y hacer autoempleo a raíz de la situación actual tan difícil provocada por la Covidien-19. En este sentido queremos ayudar en estos primeros momentos a arrancar y consolidar sus nuevos negocios ya que hay toda una serie de gastos iniciales que dificultan aún más ponerlos en marcha y hacerlos estables. » Guillem Escolà señala que «en Sitges siempre hemos sido muy emprendedores, y debemos seguir apoyando todas las iniciativas que dinamicen la economía del pueblo. La creación de nuevos negocios que generarán actividad económica en el tejido productivo local y hará disminuir la tasa de desempleo en el municipio «.
Esta nueva ayuda, impulsado por la concejalía de Promoción Económica, se añade a los 3 ayudas económicas extraordinarias para el alquiler o hipoteca o suministros de los locales comerciales, para fomentar la consolidación de los trabajadores autónomos y para la contratación laboral, que ya están en fase de validación de las solicitudes recibidas.
Para poder obtener las nuevas ayudas deberá presentar la documentación requerida. Las bases de las ayudas se pueden consultar en la página web municipal www.sitges.cat.

AYUDAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS

Las ayudas van destinadas a cubrir los gastos iniciales necesarias para la puesta en marcha del negocio.
Dos líneas de ayudas:
• línea1: Empresas creadas con posterioridad al 1 de julio de 2019.
• Línea 2: Empresas de nueva creación de autónomos dados de alta en el RETA entre el 1 de julio y el 15 de octubre de 2020.
Importe de las ayudas: El importe de la subvención será como máximo el 80% de la factura presentada, con un importe máximo subvencionable de 2.500 €.
En el caso de empresas que ya han iniciado la actividad los gastos podrán tener carácter retroactivo.
Requisitos generales:
• Tener el domicilio fiscal y desarrollar una actividad económica en Sitges.
• Tener todos los permisos exigibles relativos a la actividad.
• Presentar un plan de negocio, con el plan económico-financiero detallado, y motivar la necesidad de la ayuda solicitada.
• Estar dados de alta en el RETA en el momento de la justificación de la ayuda.
• Estar al corriente de pago de impuestos y tributos.
Requisitos específicos Línea 1: Empresas creadas con posterioridad al 1 de julio de 2019
• Llevar menos de 12 meses consecutivos dadas de alta en el RETA a 1 de julio de 2020.
Aquellos profesionales que se hayan visto obligados a dejar de ejercer su actividad durante el periodo de estado de alarma pero que la retomen una vez haya finalizado, se podrán presentar igualmente a esta ayuda y no se contabilizará esta parada forzosa como un incumplimiento a los requisitos de la misma.
• Presentar las facturas y comprobantes de pago correspondientes a la ayuda solicitada al hacer la solicitud.
Requisitos específicos Línea 2: Empresas creadas entre julio y octubre de 2020
• Personas trabajadoras que se hayan incorporado al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) entre el 1 de julio y el 15 de octubre de 2020.
• Presentar el presupuesto aceptado correspondiente a la ayuda pedido al hacer la solicitud.
Tramitación: A través del portal de trámites, https://carpeta.sitges.cat están los formularios para hacer el trámite.

Plazo de solicitud:
• Línea 1: del 8 al 28 de julio de 2020.
• Línea 2: del 8 de julio al 15 de octubre de 2020.
Pago: Anticipo del 75% una vez verificados los datos de la solicitud y un 25% una vez se justifiquen los gastos.
Acceso a las bases aprobadas por el Pleno del 25 de junio: aquí
Más información: serveisempresa@sitges.cat

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