El Ayuntamiento de Sitges convoca dos nuevas ayudas económicas para hacer frente a la Covid-19

El Ayuntamiento de Sitges convoca dos nuevas ayudas económicas para hacer frente a la Covid-19

Las ayudas se destinan a pequeñas empresas y autónomos, y en establecimientos o empresas que acrediten gastos en higiene y prevención sanitaria. Los dos ayudas, con una dotación de 100.000 cada uno, tienen el objetivo de paliar los efectos de la Covidien-19 y se pueden solicitar hasta el 8 de septiembre.

La concejalía de Promoción Económica del Ayuntamiento de Sitges ha abierto la convocatoria de dos líneas de ayudas económicas nuevos para hacer frente a los efectos derivados de la Covidien-19. Destinados a la reactivación de los autónomos y las pequeñas empresas, de más de 5 años, ya cubrir los gastos de los establecimientos o empresas para la instalación de medidas higiénicas y de seguridad derivadas de la Covi-19 con el objetivo de devolver a la actividad comercial, las dos ayudas se pueden solicitar hasta el 8 de septiembre.
El concejal de Promoción Económica, Guillerm Escolà, destaca que «con las dos nuevas líneas de ayudas se cubren todas las antigüedades de autónomos, y también todo el gasto realizado para garantizar la seguridad sanitaria. Ante estos momentos difíciles, desde el Ayuntamiento de Sitges intentamos ayudar a estos sectores económicos a superar esta situación. Es fundamental estar al lado de nuestras empresas y autónomos para la reactivación económica de Sitges «.
Los dos ayudas tienen un valor de 200.000 euros y se añaden a los otros cuatro ayudas económicas extraordinarios impulsados ​​por el Ayuntamiento de Sitges, destinados al pago del alquiler, la hipoteca o los suministros de locales comerciales; para fomentar la consolidación de los trabajadores autónomos; para la contratación laboral, y también, para la creación de empresas.
Las personas interesadas pueden solicitar la nueva ayuda hasta el 8 de septiembre. Toda la información sobre estas ayudas, incluidas las bases, se pueden consultar en la página web municipal www.sitges.cat.

AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADAS A LA REACTIVACIÓN DE AUTÓNOMOS Y PEQUEÑAS EMPRESAS DE MÁS DE 5 AÑOS

Las ayudas van destinadas a cubrir los gastos necesarios para la reactivación de la actividad empresarial y profesional de autónomos y pequeñas empresas de actividades declaradas como no esenciales para el estado de alarma y que tengan una antigüedad superior a cinco años a 1 de julio de 2020.

Se entenderá como reactivación empresarial la adopción de medidas como las que se relacionan a continuación, entre otros:

  • inversión en tecnología como soporte de la actividad empresarial,
  • desarrollo de aplicaciones de venta online,
  • obtención de certificaciones sanitarias,
  • asesoramiento y consultoría para la adhesión y / o la obtención de la Certificación Biosphere de turismo sostenible,
  • obtención de otras certificaciones que avalen la calidad de los productos y / o servicios,
  • implementación de sistemas de eficiencia energética,
  • adopción de medidas que faciliten la integración del teletrabajo de manera estable en la empresa,
  • incorporación de nuevas líneas complementarias de negocio,
  • registro de nuevas patentes en relación a las nuevas líneas de actuación,
  • etc.

Importe de las ayudas: El importe máximo de subvención es de 2.500 €.
Concurrencia competitiva hasta agotar el presupuesto de 100.000 €.
Las ayudas se otorgarán por orden de puntuación según los criterios recogidos en las bases.

requisitos:

  • Tener el domicilio fiscal y desarrollar una actividad económica en Sitges.
  • Tener todos los permisos exigibles relativos a la actividad.
  • Realizar una actividad declarada no esencial durante el estado de alarma.
  • Llevar más de cinco años consecutivos de actividad a 1 de julio de 2020, tanto las empresas como los autónomos. (No se considerará interrupción el período comprendido en el estado de alarma motivada por Covid 19 siempre y cuando se haya vuelto a retomar la actividad al darse por finalizada esta situación excepcional)
  • Estar dado de alta en el momento de hacer la solicitud y la justificación de la ayuda.
  • Estar al corriente de pago de impuestos y tasas.
  • Presentar una memoria detallada y / o un plan de reactivación empresarial, con el plan económico-financiero detallado, y motivar la necesidad de la ayuda solicitada.

Tramitación: A través del portal de trámites, https://carpeta.sitges.cat.

Plazo de solicitud: hasta el 8 de septiembre

Pago: Anticipo del 75% una vez verificados los datos de la solicitud y un 25% una vez se justifiquen los gastos.

Más información: serveisempresa@sitges.cat

AYUDAS CUBRIR LOS GASTOS DE INSTA INSTALACIÓN DE MEDIDAS HIGIÉNICAS Y DE SEGURIDAD PARA EL RETORNO A LA ACTIVIDAD COMERCIAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS

Únicamente se tomarán en consideración para la concesión de la ayuda la compra de material fungible y las inversiones para la instalación de medidas higiénicas y de seguridad relacionadas con la gestión y prevención de la pandemia Covid-19.

Hay dos líneas diferenciadas de ayudas:

  • Línea 1: financiación de los gastos de material fungible: desinfectantes y limpiadores, utensilios desechables, uniformes y ropa de trabajo.
  • Línea 2: financiación de los gastos de inversión: mobiliario y / o equipamiento, mecanismos y / o automatismos, dispositivos electrónicos, gastos de instalación.

Serán gastos financiables todas aquellas que se hayan producido desde la declaración del estado de alarma hasta la fecha de finalización del periodo de presentación de solicitudes.

Únicamente podrán solicitar la ayuda las personas físicas o jurídicas que sean titulares de empresas o establecimientos con actividad comercial y su fiscal en el municipio de Sitges.

Quedan fuera de esta convocatoria aquellas personas físicas o jurídicas que desarrollan la actividad en su domicilio habitual.

presupuesto:

  • Línea 1: 35.000 €
  • Línea 2: 65.000 €
    Otorgamiento por concurrencia no competitiva.
    En el supuesto de que el importe total de las ayudas a reconocer sea superior al crédito máximo establecido se procederá al prorrateo entre los beneficiarios de la ayuda.

Importe de las ayudas:
El importe financiable será el 100% del coste de compra del material fungible y de inversión sin el IVA.

El importe máximo de la ayuda económica extraordinario irá en función del número de beneficiarios / as con derecho a la ayuda, quedando establecido entre 500 € y 3.000 €.

requisitos:

  • Personas físicas o jurídicas que sean titulares de empresas o establecimientos comerciales con sede fiscal en el municipio de Sitges.
  • Desarrollar su actividad económica en el municipio de Sitges.
  • Tener todos los permisos exigibles relativos a la actividad.
  • Estar dado de alta en el momento de hacer la solicitud y la justificación de la ayuda.
  • Estar al corriente de pago de impuestos y tasas.

Tramitación: A través del portal de trámites, https://carpeta.sitges.cat.

Plazo de solicitud: hasta el 8 de septiembre

pago:

  • En un solo pago si en el momento de la solicitud se presentan las facturas y los recibos de pago.
  • En dos pagos, si en el momento de la solicitud sólo se presenta el presupuesto o factura. Adelanto del 80% una vez verificados los datos de la solicitud y un 20% una vez se justifiquen los gastos.

Más información: serveisempresa@sitges.cat

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