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El Ayuntamiento recuerda que los negocios cerrados debido al Covid-19 deben pagar la mitad del alquiler

Redacción 20/11/2020

El Ayuntamiento recuerda que los negocios cerrados debido al Covid-19 deben pagar la mitad del alquiler

• La medida, aprobada por decreto ley para la Generalitat, tiene validez mientras duren las medidas sanitarias.
• El objetivo de la norma es evitar el cierre de empresas.

Las personas que tengan alquilado un local comercial y hayan tenido que cerrar su negocio o hacer un uso limitado debido al Covid-19 y las medidas para contener la pandemia, pueden renegociar el precio de sus alquileres. La Generalitat aprobó el pasado 20 de octubre un decreto ley que promueve la negociación con los propietarios de los inmuebles para establecer, de mutuo acuerdo, una rebaja del importe de la mensualidad. La norma, que reparte el coste entre los arrendadores y los arrendatarios, quiere evitar la judicialización y favorecer el acuerdo en un plazo máximo de un mes.

En caso de que el acuerdo entre las partes sea imposible, la nueva norma fija que el importe del alquiler de los negocios cerrados por las medidas sanitarias quedará automáticamente rebajado al 50%, a contar desde el día que el inquilino haya notificado la voluntad de negociar . Con las restricciones actuales (en vigor hasta este lunes, 23 de noviembre), la medida afecta bares, restaurantes, gimnasios, centros de estética, bingos, casinos, salas de juego y ludotecas.

Reducción del precio en los negocios en funcionamiento parcial

En relación con las actividades parcialmente restringidas, si no hay acuerdo para la revisión temporal del alquiler, la rebaja de la cuota también será del 50% de la parte desaprovechada. Es decir, que si un negocio tiene el aforo limitado a la mitad, el titular deberá pagar la totalidad del alquiler de la mitad de la que sí puede sacar rendimiento, pero sólo pagará el 50% de la parte restringida por las medidas sanitarias contra la pandemia. En este ejemplo, el precio resultante de la aplicación de esta norma sería el del 75% del coste habitual. Este cálculo se podrá hacer, fundamentalmente, a partir de la limitación de los aforos y los horarios de atención al público. Según las restricciones actuales (en vigor hasta este lunes, 23 de noviembre), entre los negocios con el aforo o los horarios parcialmente afectados por las restricciones hay teatros, comercios, tiendas de 24 horas y hoteles.

Fórmula rápida para una situación de emergencia

El decreto ley formula un mecanismo rápido para evitar que el coste de la pandemia recaiga exclusivamente sobre una de las partes del contrato de arrendamiento. Favorece el pacto entre arrendador y arrendatario, pero impide que la negociación dilate la rebaja de las cuotas. Es por ello que, si no hay acuerdo entre las partes, la aplicación subsidiaria de los porcentajes previstos por ley garantiza una reducción ágil de las mensualidades. La celeridad del mecanismo es un factor clave para evitar el cierre de empresas y la destrucción de puestos de trabajo. En este sentido, la norma evita la judicialización masiva de la rebaja de los alquileres, con unos casos que contribuirían a la congestión de los tribunales, con unas sentencias que llegarían, con toda probabilidad, cuando los negocios ya hubieran bajado la persiana.

Más información: Govern.cat

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