Sitges aplica el confinamiento nocturno sin incidencias

Sitges aplica el confinamiento nocturno sin incidencias

• La Generalitat ha aprobado este domingo el toque de queda en Cataluña entre las 22 y las 6 horas. El confinamiento nocturno tiene algunas excepciones como los desplazamientos por necesidades médicas, de trabajo, de asistencia para atender a personas mayores o dependientes, entre otros. Pero estos casos hace falta una declaración de autorresponsabilidad.

• Excepcionalmente los espectáculos culturales pueden cerrar a las 22 horas, así como los establecimientos de restauración que hacen servicio a domicilio.

Sitges aplica desde este domingo el toque de queda fijado por la Generalitat entre las 10 de la noche y las seis de la mañana en plena segunda ola del coronavirus. Las primeras ocho horas del confinamiento nocturno han transcurrido sin incidencias y el seguimiento ha sido del 100%. La alcaldesa de Sitges, Aurora Carbonell, remarca «la necesidad de seguir escrupulosamente estas medidas excepcionales de confinamiento nocturno para frenar la propagación del virus y reducir las cifras epidemiológicas que tenemos a día de hoy. Es necesario aplicar estas restricciones por la gravedad de la situación actual que vive Cataluña «. Ante esta realidad compleja, la Alcaldesa hace un llamamiento «a las sitgetanas y los Sitges que en la medida de lo posible se queden en casa y limiten los desplazamientos para evitar contagios. La única manera de hacerlo es respetar las medidas de protección individual y colectiva. Es cierto que todos hemos sufrido un desgaste porque hace nueve meses del inicio de la pandemia pero no podemos bajar la guardia «. Aurora Carbonell ha avanzado que «la Generalitat estudia nuevas medidas para hacer frente al coronavirus, así que tenemos que prepararnos todos para corresponsabilizarnos y unir fuerzas».
Esta nueva restricción para reducir la movilidad, la interacción social y contener la propagación del Covid-19, se ha puesto en marcha este domingo, después de que el gobierno español hubiera aprobado el estado de alarma que da cobertura legal a las comunidades autónomas para adoptar nuevas restricciones sin necesidad de tener el aval de la justicia. La Generalitat acordó solicitar que se declarara el estado de alarma en Cataluña para adoptar y hacer efectivas las medidas que sean necesarias para hacer frente a la pandemia.
El confinamiento nocturno tiene algunas excepciones que permiten los desplazamientos de vuelta a casa como desplazarse por emergencias médicas, para ir a trabajar o para el cuidado de personas mayores o dependientes, para adquirir productos en la farmacia por razón de urgencia, entre otros. También se permite pasear mascotas de 4 a 6 de la madrugada siempre que se haga el mínimo desplazamiento imprescindible, de forma individual y cercano al domicilio. Las personas que deban desplazarse durante el toque de queda por un motivo justificado deberán llevar el certificado de autoresponsaiblitat al móvil que se puede descargar a https://certificatdes.confinapp.cat/#/
Los establecimientos abiertos al público deben cerrar a las 21 h para que los clientes y los trabajadores vuelvan a casa. También quedan cerrados a las 21 h las actividades recreativas y deportivas autorizadas.

Los locales de restauración sólo pueden servir comida para llevar a los clientes que vayan a buscar la comida en el establecimiento hasta las 21 horas. En el caso de los servicios a domicilio se permite hasta las 22 horas.

Las actividades culturales y espectáculos públicos, en cambio, podrán seguir hasta las 22 horas. En este caso, los asistentes al cine o del teatro tendrán más tiempo para volver a casa hasta las 23 h pero deberán conservar los tickets y entradas de las funciones o sesiones para justificar que han asistido a un acto cultural para presentarlo en los controles policiales.

La limitación horaria no afecta a los servicios esenciales y de urgencia: sanitarios, sociosanitarios, farmacias, combustibles, emergencias y actuaciones judiciales. El transporte público no modifica ni los horarios ni el servicio, a pesar de las restricciones de movilidad nocturna.

Las medidas se añaden a las que ya estaban vigentes como la limitación de reunirse con un máximo de seis personas y, además de todas las medidas de precaución higiénicas y de distanciamiento.

sanciones
A partir de este lunes, el incumplimiento de las restricciones se puede sancionar con multas que van de los 300 a los 6.000 euros por estar en la calle sin justificación. La presencia policial en la calle aumentará para garantizar el cumplimiento de las nuevas restricciones por el toque de queda.

Segundo estado de alarma
El segundo estado de alarma durará de momento 15 días y está dirigido y gestionado por los gobiernos autonómicos para dar cobertura al toque de queda, pero la intención del Gobierno es que una vez finalizado este periodo, el Congreso de los Diputados lo prorrogue por seis meses mes hasta el 9 de mayo.

CONFINAMIENTO NOCTURNO
Excepciones a la movilidad:
• Asistencia sanitaria de urgencia.
• Adquisición de productos farmacéuticos por razón de urgencia (la más cercana al domicilio).
• Desplazamiento para ir y volver de trabajar, con el correspondiente certificado de la empresa.
• Desplazamientos de profesionales, y personal voluntario acreditado, para hacer servicios esenciales, sanitarios y sociales.
• Cuidado de personas mayores, menores de edad, personas dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables por motivos inaplazables (incluyendo los desplazamientos por necesidades de personas con trastornos de la conducta, discapacidad o enfermedad que requieran actividad en el exterior por su bienestar emocional o de salud con el correspondiente certificado profesional).
• Actuación urgente ante órganos judiciales.
• Regreso al lugar de residencia habitual en caso de viaje.
• Cuidado de animales de compañía el tiempo imprescindible (de las 4 a las 6 horas AM), con desplazamiento individual cercano al domicilio.
Otras causas de fuerza mayor u otra situación de necesidad justificada

Horario máximo de apertura al público:
• Servicios, comercio minorista y restauración, y recogida con cita previa: 21horas. Excepción: la prestación de servicios a domicilio hasta las 22 h
• Espacios públicos a las 21 h, incluidos los espectáculos públicos, actividades recreativas y deportivas autorizadas.
• Las actividades culturales podrán finalizar a las 22 h y se permitirá el regreso de los asistentes entre las 22 y las 23 horas.

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